Algunas cosillas interesantes para trasteros de alquiler

OCTAVA.- PRECIO Y MEDIO DE PAGO.

El precio será el establecido en las condiciones particulares al que se repercutirá la  cuota correspondiente de IVA al tipo vigente o el impuesto vigente en cada momento.

El pago correspondiente al precio del primer mes, o parte proporcional, se paga por el cliente a TRASTEROS URBANOS SL, en efectivo o mediante cheque, en el momento de la firma del presente contrato, más el IVA correspondiente imputable al precio devengado desde el día de la firma del presente documento hasta el último día del presente mes, sirviendo este contrato como recibo y eficaz carta de pago por la expresada cantidad, salvo buen fin del cheque entregado.

A partir del segundo mes de vigencia del presente contrato, el pago se realizará por periodos mensuales anticipados en el primer día de cada uno de los sucesivos meses, o, en caso de ser inhábil dicha fecha en la localidad donde se emplaza el edificio, en aquella otra fecha hábil inmediatamente posterior al día 1 de cada uno de los sucesivos meses, mediante domiciliación bancaria en la cuenta corriente designada a tal afecto por el cliente en las condiciones particulares de este contrato. El precio mensual se incrementará con el tipo de IVA  que, en cada momento, resulta aplicable o aquel otro impuesto que resulte de aplicación o que sustituya a este.