Normas en un alquiler de trasteros – parte 6

NORMAS DE ACCESO AL EDIFICIO EN QUE SE ENCUENTRA EL MÓDULO/TRASTERO.

1ª.- Solamente  podrá tener acceso al edificio de alquiler de trastero y dentro de éste a la zona del edificio de alquiler de trastero en la que se encuentra el módulo/trastero asignado, el cliente o persona expresamente autorizada por él, previa su identificación por medios personales o mecánicos, y dentro del horario establecido, que el cliente declara conocer.

2ª.- TRASTEROS URBANOS SL podrá modificar dicho horario preavisándolo con una semana de antelación. El cambio de horario para acceder al edificio de alquiler de trastero facultará al cliente a rescindir el presente contrato antes del vencimiento del plazo pactado.

3ª- El cliente deberá acreditar su personalidad al personal – o por los medios mecánicos – de TRASTEROS URBANOS SL siempre que acceda al edificio de alquiler de trastero.

Trasteros y la parte legal – parte 5

6º.- No podrán realizarse en el módulo/trastero otras actividades que no sean las de almacenamiento, clasificación y retirada de mercancías, quedando especialmente prohibidas las de despacho al público y el ejercicio de actividades empresariales o laborales.

7º.- TRASTEROS URBANOS SL  podrá, en cualquier momento, inspeccionar al módulo/trastero con objeto de comprobar el estricto cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato, y observar el estado de conservación del módulo/trastero cedido,  siempre que se halle presente el Cliente o la persona por él autorizada, a cuyo efecto se notificará al Cliente la fecha y hora de la inspección con setenta y dos horas de antelación, al menos. TRASTEROS URBANOS SL queda autorizada expresamente por el Cliente para entrar en el módulo/trastero en caso de emergencia.

8º.- El cliente no podrá establecer o facilitar la dirección del edificio en que se encuentra el módulo/trastero como domicilio social, fiscal o personal, ni señalarlo a efectos de recibir en él correspondencia o notificaciones de terceros.

9º.- El cliente no podrá vender, enajenar, hipotecar, dar en prenda con o sin desplazamiento, ni arrendar total o parcialmente el módulo/trastero cedido, ni ceder temporal o definitivamente su posición contractual a terceros, ni subrogarlos en los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, salvo autorización previa y escrita de TRASTEROS URBANOS SL.

Parte 4 – Contrato de alquiler de trastero

CUARTA. – NORMAS SOBRE EL DESTINO Y USO DEL MÓDULO/TRASTERO

1º.- El módulo/trastero se destinará por el cliente exclusivamente al almacenamiento de objetos y mercancías de su exclusiva propiedad.

2º.- Está terminantemente prohibido el almacenamiento en el módulo/trastero de líquidos, objetos y mercancías perecederas, explosivas, inflamables o auto combustibles, insalubres o peligrosas en general, así como el de aquellas cuyo tráfico o posesión esté legalmente prohibido, de animales y cualquier otra mercancía viva u orgánica, cualquier tipo de arma, objetos de ilícito comercio u cualquier otro objeto que, por la emisión de ruidos, olores, derrames, etc., pueda resultar molesta o perjudicial para los demás usuarios del edificio, así como las que estén expresamente prohibidas por la Ordenanza de incendios aplicable.

3º.- Por razones de seguridad queda también prohibido el almacenamiento de dinero, títulos valores o similares, joyas, peletería, metales u objetos preciosos.

4º.-  Las mercancías almacenadas se estibarán de forma que el suelo no soporte un peso superior a 500 Kg. por metro cuadrado.

5º.- No podrán usarse los tabiques ni los paneles separados de los diferentes módulos o almacenes/trasteros como portantes, soporte o sujeción  ni de mercancías, ni de estanterías, repisas, alacenas, casillas o cualquier otro sistema de soporte de cargas, ni realizar divisiones interiores en el módulo asignado. Queda prohibida la realización por el cliente de cualquier clase de obras, alteraciones o modificaciones en el módulo cedido, ni en el edificio a que pertenece, sin el consentimiento previo, expreso y por escrito de TRASTEROS URBANOS SL.

Algunas explicaciones (parte 3)

TERCERA.- PACTOS Y NORMAS APLICABLES.- El presente contrato es autónomo, atípico, de naturaleza mercantil, regulándose por lo pactado entre las partes en las presentes condiciones generales y particulares, que constituyen la totalidad de lo pactado entre TRASTEROS URBANOS SL y el cliente. En defecto de pacto expreso serán aplicables las normas del Código Civil reguladoras del arrendamiento de cosa y los usos en el ramo de actividad de self-storage. Las partes excluyen expresamente y renuncian, en cuanto sea menester, a la aplicación de las disposiciones de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos y a lo establecido en el Código Civil y en el Código de Comercio respecto a los contratos de depósito. Serán de obligado cumplimiento las Normas de Régimen Interior de acceso y uso del edificio.  La falta de ejercicio de cualquiera de las facultades conferidas a las partes en el presente contrato no se interpretará en ningún caso como renuncia, ni podrá esgrimirse como procedente para situaciones futuras.

Parte 2

Precio: Es la retribución pactada como contraprestación a la utilización por el cliente del módulo/trastero y servicios arrendados por TRASTEROS URBANOS SL

Normas de Régimen Interior: Conjunto de reglas de conducta relativas al acceso y uso del edificio y sus instalaciones y que el cliente conoce y acepta.

Self-Storage: Régimen de almacenamiento de mercancías y objetos, por cuenta y riesgo de su propietario, en espacio delimitado/trastero en local ajeno, puesto a disposición exclusiva de aquel a tal fin por tiempo determinado.

Un contrato de alquiler de trasteros (parte 1)

PRIMERA.- OBJETO DE CONTRATO: El presente contrato tiene por objeto el arrendamiento por parte de TRASTEROS URBANOS SL a favor del cliente, de un módulo/trastero independiente de almacenamiento como bien mueble, ubicado en la nave especificada en el antecedente primero, para el almacenamiento de mercancías y objetos conforme a los términos y condiciones del presente contrato

SEGUNDA.- DEFINICIONES

Cliente: Es la persona física o jurídica que contrata la utilización del módulo/trastero de almacenamiento.

Edificio: Es el inmueble en el que se encuentra ubicado el módulo/trastero.

Módulo/trastero: Es la cabina o espacio techado delimitado por paneles desmontables, destinado al almacenamiento de mercancías y objetos, cuya utilización contrata  el cliente.

Flexibilidad en el alquiler de trasteros

Hoy nos llamó una clienta para preguntar si podía alquilar otro módulo (trastero) de 3 m2 y que el suyo de similar superficie está lleno con pertenencias varias.

En caso como este solemos, primero verificar la disponibilidad que tenemos. Luego quedamos con la clienta para que de su visto bueno. Puede que prefiera tener un solo trastero de 6 m2 en vez de dos de 3 m2 por razones económicas. Y normalmente se lo podemos ofrecer también.

En el caso de clientes fieles de largo plazo solemos ademas, no hacer ninguna diferencia entre el alquiler de un trastero de 6 m2 o el de dos de 3 m2. Cobramos lo mismo aunque sea realmente mas caro para nosotros alquilar dos trasteros.

Queremos ante todo dejar nuestros clientes satisfechos en su contacto con nuestra empresa de alquiler de trasteros. Ya que nos traerán otros clientes y nos ayudarán a crecer el negocio de alquiler de trasteros.

Alquiler de trasteros

Los trasteros ¿que son? Según la RAE esta es a la definición:

  1. adj. Dicho de una pieza o de un desván: Que está destinado a guardar los trastos que no se usan. Cuarto trastero. U. t. c. s. m.

Todas esas cosas que no se usan, pero no tiraríamos ni locos son las que necesitan el alquiler de un trastero, para eso nosotros Trasteras Urbanos te ofrecemos  precios razonables y seguridad con seguro hasta 6000 euros para que puedas dejar tus cosas con tranquilidad sabiendo que están seguras y en un sitio fácil de encontrar abierto todos los días.

El alquiler es mensual y se renueva una vez que pasa su fecha de alquiler, es decir si alquilaste un día 5, el contrato se auto renovara al día 5 del siguiente mes, pudiendo así vaciar o cambiar a uno mas grande o mas pequeño con comodidad, simplemente avisando con 15 días antes de que se cumpla tu contrato.

Google y la irregularidad de sus resultados de búsqueda para TRASTEROS, TRASTERO, TRASTEROS MADRID etc.

Cuando uno procura trabajar la web de una empresa para que este bien posicionada cuando uno busque según palabras claves definidas llama la atención la variabilidad en el posicionamiento de la web según el día o la geo-localización del buscador.

Esta variación es ilógica además de frustrante en la medida que una posición no se consigue sin mucho trabajo a la web y consiguientes visitas reales. Pero Google no es coherente. Los criterios cambian según la llegada de un paradigma nuevo. Y trastocan horas de trabajo de los dueños de muchas webs.

La consecuencia de estos cambios frecuentes (y no siempre lógicos) no sería importante si Google hoy no fuera un casi monopolio que regenta el éxito comercial de muchos empresas pequeñas ya que se ha vuelto el canal preferido para buscar como contratar varios servicios entre ellos el alquiler de trasteros. La consecuencia de Google es que los que dominan un sector se vuelven más y más dominante ya que aparecen siempre en posiciones de privilegio en los resultados de búsqueda. Consecuentemente nuevos actores se topan con una barrera de entrada (la que inhibe el acceso a clientes potenciales) considerable.

Antiguamente, la guía telefónica permitía a las empresas anunciarse de manera neutral competitivamente hablando. Hoy, se puede seguir haciendo pero nadie más usa la guía telefónica. Con lo cual sería bueno tener otros buscadores para que especialmente PYMES no sufran tanto para anunciar su presencia…

El reverso de la medalla es obviamente que hace la vida mucho más fácil tener que usar un solo buscador a los consumidores.

 

Trasteros de alquiler y sus costes

Alguna gente nos llama pensando que los precios nuestros son muy altos respectivamente tiene ideas de precio irealistas.

Para entender los costes de un centro de alquiler de trasteros se tiene que entender que el operador (o la empresa dueña de los trasteros) paga un alquiler por la nave dónde está ubicado el centro de alquiler de trastero, paga también la seguridad, la electricidad, los seguros, el agua y el personal etc.

Luego tiene el operador que cubrir gastos contables como la depreciación de las instalaciones, impuestos etc.

Justo una breve explicación para ilustrar que ofrecer un servicio completo tiene su coste…